Chóferes con vehículos con parachoques con agregados serán multados

Así lo dispuso el INTRANT ya que esa acción viola la ley 03-17

Minibús con su parachoques de fábrica
El mismo minibús con parachoques agregado

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció este miércoles que sancionará a los choferes de vehículos que tengan agregados parachoques frontales, laterales o traseros en violación a la Ley 63-17.

El Intrant recordó que el artículo 195 de la Ley 63-17 prohíbe la circulación por las vías públicas de los vehículos equipados o modificados con parachoques (defensa) no agregados por el fabricante o no aprobados por la entidad.



El director de Vehículos de Motor del Intrant, José Ernesto Morel, informó mediante un comunicado que a partir del 2 de octubre los conductores tienen un plazo de 30 días calendario para retirar las barras o defensas. Pasado el referido periodo la entidad procederá con las sanciones conforme a la legislación.

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