Una denegación de visa bajo la sección 214(b) se aplica únicamente a esa solicitud específica. Una vez denegada, no existe un proceso de apelación, pero los solicitantes pueden volver a solicitarla en el futuro. Se recomienda volver sólo cuando pueda presentar evidencias de cambios significativos en sus circunstancias. Los oficiales consulares evalúan los planes de viaje, los recursos financieros y los lazos fuera de EE. UU. para determinar la elegibilidad.
Los solicitantes deben asegurarse de que su solicitud sea precisa y completa. El Departamento de Estado mantiene estrictos estándares de seguridad en todo el proceso de visa de no inmigrante. Evalúe cuidadosamente estos factores antes de decidir realizar una nueva solicitud.

