Ciudadanos tendrán mecanismo para reformar Carta
El proyecto de Ley Orgánica de Referendo Consultivo y Referendo Constitucional Aprobatorio abre el camino para que los dominicanos cuenten con un mecanismo para la reforma a la Constitución..
En su artículo 9, reconoce el Referendo Constitucional Aprobatorio como el procedimiento de participación directa de la ciudadanía, para aprobar las propuestas de modificación a la Constitución, una vez votada y aprobada por la Asamblea Nacional Revisora.
“Las propuestas aprobadas por la Asamblea Nacional Revisora podrán ser aceptadas o rechazadas, conforme al procedimiento previsto en la Constitución y en la presente ley”, señala el proyecto de ley que el presidente Luis Abinader depositó en la Cámara de Diputados el pasado viernes, a través de la Consultoría Jurídica del poder Ejecutivo.
El párrafo 1 del proyecto establece que el Referendo Constitucional Aprobatorio se requiere cuando la reforma verse sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería.
Y, sobre el régimen de la moneda, los procedimientos de reforma instituidos en la Constitución, la aprobación de la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas con derecho electoral.
Sin excepción. El Referendo no tendrá lugar durante la vigencia del estado de excepción en cualquiera de sus modalidades.
“El Referendo Constitucional Aprobatorio será convocado por la Junta Central Electoral, una vez recibida de la Asamblea Nacional Revisora los textos adoptados por esta durante el proceso de reforma constitucional”, indica el artículo 10 del proyecto que está previsto que llegue al Pleno de la Cámara de Diputados en la sesión de hoy.
El párrafo 3 del artículo 10 del proyecto de ley dispone que la aprobación de las reformas a la Constitución por la vía de Referendo requerirá más de la mitad de los votos sufragados y el número de estos exceda el 30% del total de ciudadanos que integren el Registro Electoral, sumados los votantes.