SCJ dispuso archivo definitivo de expediente contra presidente Cámara de Cuentas

En una reciente decisión, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha confirmado el archivo de la querella presentada por dos empleadas de la Cámara de Cuentas de la República en contra del presidente de dicha institución, Janel Ramírez, por presunto acoso laboral y sexual.

La jueza de la instrucción especial de la SCJ, Vanessa Acosta Peralta, fue la encargada de tomar esta determinación, luego de revisar el recurso de objeción presentado por la defensa de Virginia Ofelia Correa Jiménez y Bella Massiel García Paulino.

Suprema Corte dispuso archivo definitivo de expediente contra presidente Cámara de Cuentas

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El pasado 20 de julio, la Procuraduría General anunció que, tras considerar que los hechos alegados «no constituyen delito», el Ministerio Público decidió archivar definitivamente el proceso contra Janel Andrés Ramírez Sánchez.

Según la Procuraduría, tras analizar los testimonios de las denunciantes, otros empleados y el propio presidente de la Cámara de Cuentas, no se encontraron pruebas de órdenes, amenazas, intimidación, coerción o insinuaciones explícitas o implícitas destinadas a obtener favores sexuales. Además, señalan que la acción típica en el delito de acoso sexual requiere la solicitud de favores sexuales, lo cual no se pudo verificar en este caso.

También se menciona que las conversaciones por teléfono celular entre el funcionario y las querellantes no revelaron promesas de mejoras laborales o permanencia en el empleo que pudieran considerarse como acoso sexual.

Sin embargo, la comisión integrada por los procuradores adjuntos Fernando Quezada e Isis de la Cruz Duarte reconoció que la conducta del presidente de la Cámara de Cuentas fue contraria a la ética laboral, ya que alteró la jerarquía y el respeto dentro de la institución pública. Aunque señalaron que dicho comportamiento no constituye un delito en la República Dominicana.

En cuanto a los daños emocionales sufridos por las denunciantes, los informes psicológicos atribuyeron estos efectos al hecho de que los hechos se hicieron públicos en contra de su voluntad.

Esta decisión de la Suprema Corte de Justicia pone fin a un proceso legal que ha generado un debate sobre los límites del acoso laboral y sexual en el ámbito institucional en el país.

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