Visa de No-Inmigrante para un Cónyuge (K-3)

visa k3¿Qué es una Visa K-3?

La visa K-3 de no-inmigrante es para el cónyuge extranjero de un ciudadano de EE.UU. Esta categoría de visa tiene el propósito de acortar la separación física entre ciudadanos extranjeros y cónyuges ciudadanos de EE.UU. mediante la opción de obtener una visa K-3 de no-inmigrante en el extranjero y entrar a Estados Unidos para esperar la aprobación de la petición de visa de inmigrante. Los recipientes de la visa K-3 solicitan posteriormente para ajustar el estatus de su residencia permanente (LPR) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés), una vez que la petición es aprobada.

Debido a que el cónyuge de un ciudadano de EE.UU. solicitando una visa K-3 de no-inmigrante debe tener una petición de visa de inmigrante presentada en su nombre por medio de su cónyuge de EE.UU. y aprobación pendiente, un solicitante de K-3 debe cumplir con los requisitos de una visa de inmigrante. Debería destacarse que bajo la ley de inmigración de EE.UU., un ciudadano extranjero que se casa con un ciudadano de EE.UU. fuera de Estados Unidos debe solicitar la visa K-3 en el país donde se llevó a cabo el matrimonio. Infórmese más en la sección de Solicitar una Visa a continuación.

Los niños elegibles de solicitantes de visa K-3 reciben visas K-4. Ambas visas K-3 y K-4 permiten a los recipientes que se queden en Estados Unidos mientras las peticiones de visa de inmigración están pendientes en aprobación por el USCIS.

¿Qué es un Cónyuge?

Un cónyuge (en inglés) es un esposo o esposa legalmente casados. Los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos de EE.UU. y Residentes Permanentes Legales, junto a sus hijos menores, ahora son elegibles para los mismos beneficios de inmigración como los cónyuges de sexo opuesto.

Vivir juntos solamente no califica como matrimonio para inmigración.
Cónyuges de hecho (en inglés) pueden calificar como cónyuges para propósitos de inmigración dependiendo de las leyes del país donde el matrimonio de hecho ocurre.
En casos de poligamia, solamente el primer cónyuge puede calificar como cónyuge para la inmigración.

La Ley de Regulación de Agencias Matrimoniales Internacionales del 2005 (IMBRA)

Información detallada sobre los requisitos del IMBRA aparece en las instrucciones del Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero.

El Primer Paso: Presentar las Peticiones

Usted, el patrocinador ciudadano de EE.UU., primero debe presentar el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, ante la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que atiende al área donde usted vive. El USCIS le enviará un recibo (en inglés) de la Notificación de Acción (Formulario I-797) para informarle que se ha recibido la petición. Vea el sitio web del USCIS bajo Visas K-3/K-4 de No-Inmigrantes para más información.
Después usted debe presentar el Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero, para su cónyuge ciudadano extranjero e hijastros. Vea Direcciones de Presentación Directa para Formularios I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero, para información sobre donde presentar la solicitud para una visa K-3.
Después de que el USCIS aprueba las peticiones, serán enviadas al Centro Nacional de Visas (NVC) para procesamiento.

El Segundo Paso: Solicitar una Visa

Aviso Importante:

Cuando ambas peticiones han sido aprobadas por el USCIS y enviadas al NVC o cuando el USCIS aprueba el I-130 antes que el I-129F, la disponibilidad, al igual que la necesidad, de una visa K-3 de no-inmigrante se termina. Si el NVC recibe una petición I-130 aprobada y una petición de I-129F aprobada:

El caso de visa K-3 de no-inmigrante será cerrado administrativamente.
El proceso de solicitud explicado a continuación no estará disponible para el cónyuge ciudadano extranjero y no puede ser usado.
El NVC contactará al patrocinador ciudadano de EE.UU. y el cónyuge ciudadano extranjero, con instrucciones para procesar la visa IR-1 (o CR-1) de inmigrante. Para más información sobre el proceso de la visa de inmigrante, vea la página web de Visa de Inmigrante para un Cónyuge.

Si el NVC recibe la petición I-129F aprobada antes de recibir la petición I-130, el NVC procesará la petición I-129F. El NVC entonces enviará la petición I-129F a la Embajada o Consulado de EE.UU. en el país donde se llevó a cabo el matrimonio. Si el matrimonio se llevó a cabo en Estados Unidos, el NVC enviará una solicitud a la Embajada o Consulado de EE.UU. que emite las visas en el país de nacionalidad del cónyuge ciudadano extranjero. Si el matrimonio se llevó a cabo en un país donde no hay una Embajada de EE.UU., o la Embajada o Consulado no emite visas, el NVC enviará la petición a la Embajada o Consulado que normalmente procesa las visas para ciudadanos de ese país. Por ejemplo, si el matrimonio se llevó a cabo en Irán donde Estados Unidos no tiene una Embajada o Consulado, la petición será enviada a Turquía.

La Embajada o Consulado de EE.UU. donde usted, cónyuge ciudadano extranjero, solicitará, le proporcionará instrucciones específicas, incluyendo a donde ir para el examen médico. Durante su entrevista, se le realizará el escaneo de huellas digitales. Algunas solicitudes de visa requieren procesamiento administrativo, lo cual tarda tiempo adicional después de la entrevista de visa del solicitante realizada por el Oficial Consular.

Los niños elegibles de los solicitantes de visa K-3 pueden solicitar visas K-4. Las solicitudes separadas deben ser presentadas por cada solicitante de visa K, y cada solicitante de visa K deben pagar la tarifa de solicitud de visa.

Documentos Requeridos

Usted, el cónyuge ciudadano extranjero, (y niños elegibles que solicitan las visas K-4) deben traer los siguientes formularios y documentos a la entrevista de visa:

Formulario DS-160 (en inglés) completo, Solicitud para Visa de No-Inmigrante En Línea. Usted (y cualquier niño que solicite la visa K-4) debe: (1) completar el Formulario DS-160 y (2) imprimir la página de confirmación del DS-160 para traerla a la entrevista.
Un pasaporte valido para viajar a Estados Unidos y que sea válido por al menos seis meses más allá del periodo de estadía en Estados Unidos (a menos que hayan acuerdos específicos entre países (en inglés) (PDF 57 KB) que proporcionan excepciones).
Documentos civiles – los originales (o copias certificadas) y fotocopias de los siguientes:
Certificado de nacimiento
Certificado de casamiento para el matrimonio con el cónyuge ciudadano de EE.UU.
Certificados de divorcio o defunción de cualquier cónyuge.
Certificados de conducta de su actual país de residencia y de todos los países donde usted vivió por 6 meses o más desde la edad de 16. (Los certificados de conducta también se requieren para acompañar a niños 16 años o mayores).
Examen médico (vacunas son opcionales, ver a continuación)
Evidencia de patrocinio económico (Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico puede ser pedida)
Dos (2) fotografías 2×2. Vea el formato requerido para la fotografía que es explicado en los Requisitos de Fotografías
Evidencia de relación con su cónyuge ciudadano de EE.UU.
Pago de tarifas, explicado a continuación

Nota: El oficial consular puede pedir información adicional, tal como fotografías de casamiento y otras pruebas de que el matrimonio con su cónyuge ciudadano de EE.UU. es genuino. Los documentos en idiomas extranjeros, además del idioma del país en el cual se hace la solicitud, debería ser traducido. Los solicitantes deberían llevar a la entrevista todos los documentos civiles originales, tales como certificados de nacimiento y de casamiento al igual que fotocopias legibles de los documentos y traducciones. Los documentos originales y traducciones serán devueltos.

Revise las Instrucciones Específicas de la Embajada/Consulado de EE.UU.

Pueden haber instrucciones adicionales para reunir los documentos necesarios para la entrevista de visa K. Revise las instrucciones específicas de la Embajada/Consulado de EE.UU. aquí, para averiguar cuáles son los requisitos adicionales, de haber alguno.

Exámenes Médicos y Requisitos de Vacunas

Cuando se prepara para la entrevista, los solicitantes necesitarán programar y completar el examen médico. Antes de que se emita la visa de inmigrante o visa K, cada solicitante, mas allá de la edad, debe someterse al examen médico que debe ser realizado por médicos autorizados de panel. A usted se le proporcionará instrucciones sobre los exámenes médicos mediante la Embajada de EE.UU. donde usted solicitará su visa, incluyendo la información sobre médicos autorizados de panel. Vea Examen Médico para más información, incluyendo una lista de médicos de panel por país, y preguntas frecuentes.

Los solicitantes de visa K son alentados a obtener la vacunas requeridas bajo la ley de inmigración de EE.UU. para los solicitantes de visa de inmigrante. Aunque dichas vacunas no se requieren para la emisión de la visa K, serán requeridas cuando el estatus se ajuste al de residente permanente legal. Por lo tanto, los solicitantes son alentados a cumplir con estos requisitos de vacunas cuando se someten al examen médico. Vea los Requisitos de Vacunas para Solicitantes de Visa de Inmigrante para la lista de vacunas requeridas e información adicional.

Prueba de Patrocinio Económico y Formularios de Declaración Jurada de Patrocinio Económico

Durante la entrevista de visa, los solicitantes deberán presentar evidencia al Oficial Consular de que no se convertirán en una carga pública en Estados Unidos. Usted puede presentar la evidencia demostrando que puede mantenerse económicamente o que su cónyuge ciudadano de EE.UU. puede proporcionar el patrocinio económico. El Oficial Consular puede pedir que un Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, sea enviado por el cónyuge de EE.UU.

El cónyuge ciudadano de EE.UU. necesitará presentar el Formulario I-864 ante el USCIS para ajustar el estatus a residente permanente legal.

¿Se aplican los requisitos de ingresos al Formulario I-134 como se aplican al Formulario I-864?

No. El 125 por ciento del requisito de ingreso mínimo de la guía federal de pobreza, declaración de impuestos del año más reciente, y otros requisitos que solo se aplican cuando se necesita un Formulario I-864. Los solicitantes que usan el Formulario I-134 necesitarán mostrar que el ingreso de su patrocinador de EE.UU. es 100 por ciento de la guía federal de pobreza.

Tarifas

Las tarifas se cobran por los siguientes servicios:

Presentar una Petición para Familiares Extranjero, Formulario I-130
Presentar una Petición para Prometido(a) Extranjero, Formulario I-129F
La tarifa de procesamiento de solicitud de visa de no-inmigrante, Formulario DS-160 (requerido para cada solicitante de visa K)
Examen médico (requerido para cada solicitante de visa K; costos varían según la locación)
Otros costos pueden incluir cargos de traducción y fotocopias, tarifas para obtener documentos requeridos para la solicitud de visa (tales como pasaporte, certificados de conducta, certificados de nacimiento, etc.), y gastos de viajes a la Embajada o Consulado de EE.UU. para una entrevista. Los costos varían según el país y el caso
Presentar Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus

Para tarifas actuales del Departamento de Estado, vea Tarifas para Servicios de Visas. Para tarifas actuales del USCIS, vea Verifique las Tarifas de Presentación en el sitio web del USCIS.

Derechos y Protecciones – Panfleto

Usted debería leer el panfleto de Derechos y Protecciones (en inglés) antes de su entrevista de visa para informarse sobre sus derechos en Estados Unidos en relación a la violencia doméstica, abuso sexual, abuso infantil y la protección disponible para usted. El oficial consular le resumirá el panfleto verbalmente el panfleto durante su entrevista. Además, a los solicitantes de visa K-3 se les proporcionará cualquier información de historial criminal existente sobre sus cónyuges ciudadanos de EE.UU. que el USCIS recibe de otras agencias gubernamentales durante el procesamiento de sus peticiones Formulario I-129F.

Mi Petición Venció – ¿Puede ser Extendida?

La petición I-129F es válida por cuatro meses a partir de la fecha en la cual fue aprobada por el USCIS. Un oficial consular puede extender la validez de la petición si esta vence antes de que el procesamiento de la visa se complete.
Inelegibilidad para Visas

Ciertas condiciones y actividades pueden hacer que usted sea inelegible para una visa. Los ejemplos de estas inelegibilidades incluyen: tráfico de drogas; exceder el plazo de una visa (en inglés); y presentar documentos falsos.

Si usted es inelegible para una visa, usted será notificado por el oficial consular y se le aconsejará si hay una exención (en inglés) de inelegibilidad y sobre el proceso de la exención. Infórmese más y vea la lista completa de inelegibilidad (en inglés).

¿Cuánto Tardaré en Obtener mi Visa K?

Para el Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero, usted puede visitar el sitio web para el estatus de su petición (en inglés).

Una vez que su caso ha sido recibido del NVC por la Embajada o Consulado de EE.UU. que la procesará, el periodo de tiempo varía por caso según sus circunstancias. Algunos casos se demoran porque los solicitantes no siguen las instrucciones cuidadosamente o proporcionan información incompleta (Es importante proporcionar la dirección postal y números de teléfono correctos). Algunas solicitudes de visa requieren procesamiento administrativo adicional, lo cual tarda tiempo adicional después de que el solicitante de la visa es entrevistado por un oficial consular.

Después de que Usted Recibe la Visa K-3

Si usted recibe una visa K-3, el oficial consular le dará su pasaporte que contiene la visa K-3 y un paquete sellado que contienen los documentos civiles que usted proporcionó, además de otros documentos preparados por la Embajada o Consulado de EE.UU. Es importante que usted no abra el paquete sellado. Solamente los oficiales de inmigración del DHS deberían abrir este paquete cuando usted entra a Estados Unidos. Siendo usted el que tiene la visa K-3, entonces debe entrar a Estados Unidos antes o al mismo tiempo que cualquiera de sus hijos que poseen visas K-4.

¿Necesita mi cónyuge ciudadano de EE.UU. presentar peticiones separadas para mis hijos?

No. Sus hijos pueden solicitar las visas K-4 en base a la aprobación del Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero, que su cónyuge ciudadano de EE.UU. presentó en su nombre, pero su cónyuge ciudadano de EE.UU. debe poner a los hijos en la solicitud. Las solicitudes separadas de visas deben ser presentadas para cada solicitante de visa K-4, y cada solicitante debe pagar la tarifa de solicitud de visa K.

Su cónyuge ciudadano de EE.UU. tampoco necesita presentar peticiones I-130 en nombre de sus hijos antes de que el o ella pueda ponerlos en la petición I-129F. Sin embargo, su cónyuge ciudadano de EE.UU. debe presentar las peticiones de visa de inmigrante I-130 para sus hijos antes de que puedan calificar para la residencia permanente o solicitar para el ajuste del estatus. Información adicional sobre ajustes de estatus está disponible en el sitio web del USCIS bajo Tarjeta Verde (Residentes Permanentes).

Aviso Importante: Bajo la Ley de Inmigración de EE.UU., un hijo (en inglés) debe ser soltero. Para poder solicitar el ajuste de estatus para su hijo, la relación de hijastro de su hijo con su cónyuge debe ser creada antes de que su hijo llegue a la edad de 18.

¿Deben mis hijos viajar conmigo?

Sus hijos pueden viajar con (acompañarlo) usted a Estados Unidos o viajar después. Como usted, sus hijos deben viajar dentro de la validez de sus visas K-4. Las peticiones por separado no son requeridas si los hijos son acompañados o si se unen a usted dentro de un año de la fecha en la que se emitió su visa K-3. Si ellos quieren viajar después de un año de la fecha en la cual se emitió su visa K-3, ellos no serán elegibles para recibir visas K-4, y se requerirán peticiones separadas para la visa de inmigrante. Si su hijo tiene una visa K-4 válida y usted ya ha ajustado su estatus a residente permanente, su hijo todavía puede viajar con la visa K-4.

Entrada a Estados Unidos: Puerto de Entrada

Una visa permite a un ciudadano extranjero viajar al puerto de entrada de EE.UU. y pedir permiso para entrar a Estados Unidos. Usted debería tener en cuenta que una visa no garantiza la entrada a Estados Unidos. Los oficiales del Servicio de Aduana y Protección de Fronteras de EE.UU. (CBP por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tienen la autoridad para permitir o negar la entrada a Estados Unidos. Cuando usted llega al puerto de entrada, debería estar preparado para presentar al oficial del CBP su pasaporte con visa y su paquete cerrado/sellado que contiene sus documentos. Los viajeros deberían revisar la información importante sobre los requisitos de admisiones y entradas en el sitio web del CBP bajo Viajes (en inglés).

Ajuste de Estatus, Trabajo en Estados Unidos, y Viajes Fuera de Estados Unidos

La información para aquellos que tienen la visa K-3/K-4 sobre el ajuste de estatus, permisos para trabajar en Estados Unidos, y viajar fuera de Estados Unidos está disponible en el sitio web del CBP bajo las Visas K-3/K-4 de No-Inmigrante.

Como Solicitar una Tarjeta de Número de Seguro Social

Para informarse más sobre como solicitar una tarjeta de Seguro Social, visite el sitio web de la Administración de Seguro Social.

Preguntas Adicionales

Si su pregunta es en relación a un caso de visa en progreso en una embajada o consulado de EE.UU., usted primero debería contactar a la embajada o consulado de EE.UU. que está manejando su caso para información sobre el estatus. Seleccione Embajada o Consulado de EE.UU. (en inglés) para revisar el sitio para información de contacto.
Antes de hacer una consulta, le pedimos que revise cuidadosamente este sitio web. Frecuentemente, las respuestas a las preguntas se encuentran fácilmente lo cual nos permite ayudar a otros solicitantes y patrocinadores de EE.UU. que necesitan asistencia. Debido al volumen de consultas que recibimos, los Servicios de Visas no pueden prometer una respuesta inmediata a su pregunta.
La información de contacto de los Servicios de Visas están disponibles en Contáctenos (en inglés).

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